Traetupoliza. Seguros de vida a tu medida para cuidar de los tuyos.
Los seguros de amortización para un préstamo son pólizas de vida cuyo capital de fallecimiento asegurado suele ser decreciente, pues depende de la deuda que aún tienes que pagar al banco. Funcionando con este objetivo, se trata de un producto de protección perfecto si tu objetivo es asegurarte de que tu familia no tenga que soportar tus deudas: la garantía será económica.
Para entender cómo son estos seguros cuando se vinculan a préstamos, en Traetupóliza, vamos a explicarte las principales características, destacando las que los diferencian… ¡Toma nota!
Este tipo de protección se alargará mientras el préstamo sea vigente
Quien recibe la indemnización será la entidad prestamista
Los contratos para seguros vinculados a préstamos personales, también llamados seguros de amortización de un préstamo, son pólizas de vida cuyo capital depende, directamente, de la deuda que te falta por pagar a la entidad financiera. Si lo que quieres es asegurarte de que tu familia no tenga estas preocupaciones, este es el mejor plan para ello. ¡Atento y sigue leyendo!
De este manera, para empezar, destaca que este tipo de seguro podrá extenderse, como mucho, tanto tiempo como sea necesario mientras el préstamo esté vigente. Por su lado, la otra gran particularidad de estos seguros es su beneficiario: como tal, quien recibe la indemnización no va a ser el ser querido que tú elijas, sino la entidad que te concedió el préstamo y a la que, por tanto, debes la deuda. Esto dirige la utilidad de este tipo de pólizas por su carácter vinculado…
Precisamente por esto, si la protección de un seguro de amortización al préstamo no te parece lo suficiente o la más útil para tu familia, porque no recibirían la ayuda económica, consulta a tu entidad bancaria si puedes contratar un seguro de vida con capital constante. Con este otro producto, una parte siempre irá dirigida a quien tú elijas. Otra opción, además, es contratar un seguro de vida familiar adicional, donde los beneficiarios siempre serán tus seres queridos.
Quizás esta es una de las preguntas que ahora mismo estás dudando… Pues bien, estos acuerdos de protección vinculados a préstamos se aplican a seguros de hogar, de salud y, por supuesto, a seguros de vida. De estos tres, el que suelen imponer las entidades bancarias es el seguro de vida hipoteca y es que, por su funcionamiento, es el que más les beneficia. Muchos clientes no saben ni que están pagando de más ni que pueden cambiar su seguro, especialmente para que los bancos no se beneficien, tanto directa como indirectamente, a tu costa. ¡Consúltanos!
Un préstamo personal es un producto bancario por el que el banco pone a disposición de quien lo solicita (llamado prestatario) una determinada cantidad de dinero con unas condiciones estipuladas relativas a plazos, cuotas, intereses, etc. Por su parte, el cliente tendrá que cumplir con la obligación de devolver ese capital, además de los intereses correspondientes, mediante pagos periódicos (las cuotas). Con este funcionamiento, los préstamos personales, o de consumo, se utilizan para la financiación de la compra de un coche, de reformas, de estudios, de viajes, etc.
Como con otros seguros de vida, los vinculados a préstamos personales varían su precio en base a los factores de riesgo revisados durante su contratación. Por eso, debemos asegurarnos de que el capital que elegimos, al menos, cubre el valor del préstamo, aunque el mejor consejo que podemos darte es que elijas una cantidad un poco superior a esa cifra ante los imprevistos que pudieran darse… Desde ahí, se calcularía el precio de tu póliza atendiendo a estos términos:
Factores que determinan tu seguro vinculado a préstamos personales |
Cantidad del capital asegurado: evidentemente, cuanto más pidas, mayor será su precio |
Límite de cuotas: si quieres aumentar el límite de cuotas, esto incrementará los intereses |
Duración de póliza: tanto el plazo del préstamo como la vigencia del seguro varían tu precio |
En España, existe una costumbre a la hora de pedir productos financieros en el banco. Ante esto, resulta que muchos son los que deciden, generalmente, vincular su seguro con alguno de estos productos, entre los cuales, los más solicitados son las hipotecas y los préstamos personales. Y sí, estas son las deudas típicas con las que se firma un seguro de vida vinculado.
Esta posibilidad se ofrece desde las bancas para que ellas mismas puedan beneficiarse, pues los seguros que al final se vinculan son, precisamente, los que las entidades venden, cobrando precios mucho más caros que los que se ofrecen en el mercado. No obstante, estas ofertas son aceptadas por sus clientes porque, al contratar estos acuerdos con ellos, te prometerán bajar el interés de tus préstamos e hipoteca. Así, desde Traetupóliza, lo aclaramos: no es obligatorio contratar ningún seguro con el que no te sientas protegido. ¡Tenlo en cuenta con tu banco!
A partir de lo dicho, es principal que entiendas que en tu banco no te pueden hablar de un seguro obligatorio. Esto es así porque no existe ninguna ley, ninguna normativa y ningún tipo de legislación que permita al banco imponer la contratación de su seguro, sea del tipo que sea y aunque se ajuste a tus necesidades: sin imposiciones, tú debes ser el que decida qué póliza de protección contratar entre todas las pólizas que plantean las diversas compañías aseguradoras.
De hecho, lo contrario está prohibido. La normativa actual no permite imponer la contratación de ningún producto vinculado a un préstamo… Y, como tal, la Ley de Crédito hipotecario existe para evitar las prácticas que algunas entidades imponen para aprobar la concesión de una hipoteca. Pese a todo, si bien es cierto que la ley lo impide, la realidad es que, en ocasiones, los bancos intentan esquivar la norma. Por ello, a la hora de solicitar tu préstamo o hipoteca, debes estar alerta y leer las condiciones para saber si los productos te compensan o no. ¿Claro, verdad?
El seguro de vida, como su propio nombre indica, protege a tu familia cuando tú no puedes hacerlo. Por ello, los bancos prefieren protegerse a sí mismos en el caso de que fallezcas y, efectivamente, no puedas seguir pagándoles. Esto es así porque el seguro de vida tiene un funcionamiento muy sencillo: el asegurado elige a unos beneficiarios, quienes recibirán la indemnización si se produjese el hecho asegurado. Entonces, el banco, al ofrecerte un préstamo o una hipoteca, determinan que ellos son los beneficiarios para cobrar la deuda por la que acuerdas tu seguro vinculado. Tal funcionamiento demuestra el objetivo interesado de la banca.
Como expertos, puesto que entendemos el fin real de tu póliza de vida, en Traetupóliza te recomendamos contratar un seguro de vida para proteger a tus seres queridos de la deuda adquirida a tu nombre. No obstante, creemos que es mejor contratar el seguro de vida fuera del banco, con una compañía aseguradora independiente. Así, a continuación, te presentamos todas las ventajas de contratar un seguro de vida fuera del banco… ¡Toma nota y tenlas muy claras!
Aunque ya hemos aclarado que su contratación no es obligatoria, un seguro de vida encargado de cubrir los préstamos personales al que queda vinculado siempre es útil si contamos con una deuda pendiente de este tipo… Así, su protección tiene la misma duración que la cuenta que se debe. Si pensamos en una hipoteca, la póliza mantiene la prima constante durante su completa duración. Esto significa, por un lado, que el asegurado quedará cubierto mientras se extienda el préstamo hipotecario. ¡Este es el objetivo de los productos que cobran acuerdos económicos!
Para empezar, tenemos que aclararlo… Sí, vas a poder cancelar tu seguro de vida, aunque esté vinculado a un préstamo. Si has encontrado un seguro mejor y quieres cambiar de compañía, o simplemente no quieres renovar el seguro para otro año más, siempre vas a poder cambiarlo sin consecuencias. No importa la naturaleza del seguro, siempre podrás cancelarlo, esa es la verdad.
En este sentido, ¿qué dice la normativa al respecto? ¡Atento! La Ley de Contrato de Seguro, en el cuarto apartado de su artículo 22, deja claro que «las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador». Por tanto, la conclusión es que podrás cancelar cualquier póliza de seguro dejando constancia escrita de que lo quieres cancelar siempre y cuando queden 30 días, como mínimo, para la renovación de la misma. No obstante, si quieres saber más sobre la cancelación y su trámite o tienes dudas, consúltanos.
CEO y Cofundador de Traetupóliza. Más de 10 años de experiencia en los seguros de vida digitales.
Experto en marketing y venta de seguros.
Licenciado en Economía y Corredor de Seguros y titulado en mediador de Seguros de Vida.
Escritor en el blog de Traetupóliza.com y autor del blog "segurodevidaentera.com".
6 respuestas
Buenos días , al pedir una hipoteca nos han impuesto un seguro de vida a mí y mi pareja , la cosa es que aún no nos han concedido la hipoteca y ya se nos está cobrando el seguro, es esto normal? Gracias
¡Buenos días, Javier! Por lo que nos cuentas, entendemos que vuestro banco os ha obligado a firmar un seguro de vida para acceder a la hipoteca… Como tal, lo primero que tienes que saber es que, si bien son productos que pueden vincularse, el seguro de vida no puede imponerse, por lo que vuestra entidad debe daros la oportunidad de contratarlo con la aseguradora que vosotros decidáis, siempre que su póliza mantenga unas coberturas parecidas.
Tras aclarar esto, efectivamente, si el seguro de vida queda vinculado a la hipoteca, este se contratará en el mismo momento en que os la concedan. Si esto no ha sido así, tal vez os han ofrecido un seguro de vida, cuyo beneficiario y capital es el banco, sin que la póliza se considere que se firma sobre la hipoteca. Por lo tanto, solo podemos recomendaros comprobar, en profundidad, esta información y comentar con el banco si todavía estáis a tiempo de elegir vosotros mismos vuestro seguro. Y es que es posible dar de baja una póliza en el primer mes de vigencia: tenéis un periodo de 30 días para decidir si lo mantenéis o preferís cancelarlo y encontrar una mejor.
Buenos días, me gustaría saber si un seguro de protección de pago contratado en un préstamo personal ( que ya se pago por completo) se puede solicitar la devolución del importe correspondiente a los años que no usará ?
¡Buenos días, Yaineth! Si tienes un seguro de protección de pagos y sientes que estás pagando un servicio que no es para ti, puedes y debes reclamar el dinero que te pertenece. Sin embargo, la única forma de solicitar su devolución es cancelando el préstamo que cubre, haciendo que desaparezca el motivo asegurado. De esta manera, tendrán que devolverte el importe no consumido del seguro. Como tal, la única manera de terminar con un préstamo hipotecario es concluyendo su pago, es decir, abonando el importe completo tal y como comentas. Por ello, puedes reclamar la devolución del tiempo que pagaste la póliza sin uso. ¡Esperamos haber solucionado tu duda! ¡Un saludo y gracias por tu comentario!
Buenos días me gustaría saber si una aseguradora te cobra la menmesia diciéndote que es lo único que te cobran .Porque te exigen que para mandar todas las páginas selladas y firmadas.de repente te dicen que les tiene que pagar los sellos o no te mandan una página que falta por ejemplo si son 7 páginas la 6 no te la mandan sino pagas los sellos
¡Buenos días, Juan! En primer lugar, te pedimos disculpas por el retraso para responderte. Sobre tu consulta, parece que el cobro que te exigen es una decisión interna de esa aseguradora, por lo que tendrás que aceptarla para completar tu póliza de protección. En Traetupóliza, como mediadores, no cobramos ese tipo de trámites… Si quieres y lo necesitas, puedes consultar tu seguro de vida con nuestros asesores: ¡ellos buscarán el mejor precio para ti!