Traetupoliza. Seguros de vida a tu medida para cuidar de los tuyos.
Nunca podemos prevenir los imprevistos: entre accidentes, caídas, golpes, sustos…, no es posible saber cuándo sufriremos un suceso inesperado que dificulte nuestra rutina. Con esto, padecer una minusvalía por culpa de un evento repentino puede ser tan grave que desorganice la rutina familiar y económica de cualquier hogar. De este modo, a continuación, te explicamos qué es la incapacidad permanente: desde los diferentes grados a la mejor manera de protegerse. ¡Atento!
En primer lugar, parece lógico que tendremos que dar respuesta a una cuestión básica para ser capaces de continuar y es que… ¿Qué es la incapacidad permanente? Pues bien, para que lo entiendas, podemos definir tal estado como la situación en la que se encuentra un trabajador cuando, tras un accidente, una lesión grave y/o una enfermedad, comprueba que su capacidad para ejercer su actividad laboral ha quedado limitada de forma definitiva. Además, lo normal es que este tipo de incapacidad se determine como «permanente» cuando la situación del profesional, efectivamente, no haya mejorado tras finalizar el periodo máximo de baja médica.
No obstante, antes de seguir con la explicación, resulta preciso detenernos y atender a cómo se define la circunstancia desde los entes públicos de España. En primer lugar, desde el Ministerio de Trabajo y Economía, dicen que la incapacidad permanente será…
«la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. No obstará a tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral del incapacitado, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo».
Por su parte, esta misma definición es la que se especifica en el primer apartado del art. 193 del Real Decreto 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. No obstante, su segunda sección extiende la explicación sobre qué es la incapacidad permanente, diciendo que se considerará como tal cuando el estado derive…
«de la situación de incapacidad temporal, salvo que afecte a quienes carezcan de protección en cuanto a dicha incapacidad temporal, bien por encontrarse en una situación asimilada a la de alta […], bien en los supuestos de asimilación a trabajadores por cuenta ajena, en los que se dé la misma circunstancia […], bien en los casos de acceso a la incapacidad permanente desde la situación de no alta».
Después de leer cómo se explica qué es la incapacidad permanente, es evidente que no todos los casos sufridos serán iguales. Por ello, el siguiente paso será distinguir los grados en los que podrá darse, a partir de la gravedad sobre la limitación a la hora de trabajar. De esta manera, si eres un trabajador que ha visto su actividad incapacitada, a continuación, te explicamos cómo son los diferentes tipos diferentes de incapacidad permanente, que están divididos en cinco grados:
Como primer grado, la gran invalidez es el caso más severo de incapacidad permanente. Será la condición por la que se reconoce que una persona, como consecuencia de una enfermedad o accidente, necesita a otra que la asista para realizar actividades básicas (asearse, comer, ir al baño, vestirse…) del día a día, sin poder desempeñarlas por sí sola debido a la gravedad de su estado. Por ejemplo, en esta situación de gran invalidez se encontrará todo aquel que tenga su movilidad más que reducida y, por ello, necesite la ayuda asistencial para cumplir con su cuidado.
Para estos casos, la prestación será establecida en función del grado reconocido al trabajador, desde la absoluta hasta la total. Por ello, es importante que sigas leyendo. No obstante, más allá de dicha pensión, también se asignará una cuantía adicional para remunerar a la persona que asista al incapacitado. Este complemento corresponderá al sumatorio ubicado entre el 45 % del mínimo para la cotización vigente y el 30 % de la última base de cotización del trabajador, correspondiente a la contingencia de la que derive, precisamente, la situación de invalidez.
La incapacidad permanente se considerará absoluta cuando quede reconocido que el estado del trabajador le impide la posibilidad de realizar cualquier tipo de trabajo. Esta situación se dará al determinarse que la función del profesional está inhabilitada en su totalidad, dificultando su desempeño para con cualquier oficio o tarea laboral. Tal incapacidad también se denominará como invalidez absoluta y es que así es como, popularmente, se le conoce. Además, por ponerte un ejemplo, una persona enferma de esclerosis múltiple o de esclerosis lateral amiotrófica verá su actividad limitada por padecer una incapacidad permanente absoluta, sin poder trabajar.
No obstante, si esta es tu situación, el sector de seguros de vida ofrece, desde la mayoría de las compañías aseguradoras, coberturas para protegerte ante esta incapacidad permanente. Como tal, por su parte, la prestación a la que tendrá derecho un trabajador en esta situación será igual al 100 % de la base reguladora. Igualmente, ten en cuenta que la ayuda estará exenta del IRPF.
A continuación, el tercer grado para la incapacidad permanente será total. Desde aquí, referencia el estado por el que el trabajador no es capaz de realizar correctamente el desempeño de su profesión actual, aunque podrá ejecutar otro oficio. Así, como ejemplo, si un piloto perdiera la visión parcial de uno de sus ojos por culpa de una enfermedad, ya no podrá seguir pilotando, aunque tendrá la capacidad de seguir trabajando en otra profesión que no precise de tal sentido.
En este caso, la prestación a la que tendrás derecho por encontrarte en esta situación es igual al 55 % de la base reguladora. No obstante, al cumplir los 55 años, el porcentaje puede aumentar hasta el 75 %. Por su parte, para estos casos también existen seguros de vida especializados en ofrecer protección ante invalidez total. No obstante, si quieres contratar una póliza con ese tipo de cobertura, nuestra recomendación es leer atentamente las condiciones que ofrece.
Después de la total, el siguiente grado en el listado sobre los niveles de incapacidad permanente estará limitado a que esta sea cualificada. Así, la diferencia entre este cuarto grado y el tercero es que el afectado, pudiendo ejercer funciones laborales pese a su enfermedad y/o estado, acabe por encontrarse en situación de desempleo. En este sentido, si no consigues un nuevo trabajo y no te ves capacitado por tus circunstancias personales, tu incapacidad permanente será cualificada. Como ejemplo, nos sirve el ya mencionado, pero sin encontrar ese nuevo puesto.
No obstante, otro requisito que implica la determinación de invalidez cualificada es la edad, pues se aplicará para aquellas personas que ya han alcanzado los 55 años de edad. Así, este tercer nivel de incapacidad permanente se considera porque, a partir de dicha edad, la tarea de ser contratado en una nueva ocupación se complica. Pese a todo, para la incapacidad permanente cualificada, también se dispone de una prestación, por la que el porcentaje ofrecido al grado anterior aumenta en un 20 %, logrando un 75 % sobre la base reguladora. Ten en cuenta que, si el beneficiario firma un contrato laboral, la ayuda reducirá el incremento al no estar en paro.
Finalmente, en el último grado se encuentra la incapacidad permanente parcial por ser la más leve. De esta manera, se aplicará cuando un trabajador sufra dificultades en el desarrollo de su actividad laboral a raíz de una lesión o enfermedad, siempre que su impedimento no reduzca el rendimiento de su actividad más allá del 33 %. Por lo tanto, este nivel de incapacidad no supone el fin de la relación contractual con la empresa en la que el afectado está trabajando. Al final, podrás continuar desempañando tus funciones como miembro de la plantilla. Piensa, por ejemplo, en la situación de un camarero que sufre la amputación de un dedo: efectivamente, podrá seguir desempeñando su trabajo, pero sufrirá ciertas dificultades al desempeñarlas.
Después de esto, debemos señalar que la prestación tiene unas características muy particulares con respecto al resto de incapacidades. Para empezar, se ofrece a través de un único pago, a modo de indemnización. Y, con respecto a la cuantía, desde el Ministerio de Trabajo y Economía, se determina que corresponderá al plazo de 24 mensualidades, sobre la base reguladora, que sirvió para el cálculo de la prestación de incapacidad temporal de la que se deriva la permanente.
Tipo de incapacidad permanente | Prestación de la Seguridad Social |
1º GRADO: GRAN INVALIDEZ | Generalmente, será del 100 % sobre la base reguladora, con un complemento del 45 % a partir de la base mínima vigente y del 30 % a partir de última base de cotización |
2º GRADO: ABSOLUTA | La prestación será igual al 100% de la base reguladora |
3º GRADO: TOTAL | La cantidad será del 55 % a partir de la base reguladora |
4º GRADO: TOTAL CUALIFICADA | La prestación anterior aumenta al 75 % |
5º GRADO: PARCIAL | A través de 24 mensualidades con pago único |
En Traetupóliza, siempre partimos de que los seguros de vida se contratan por una finalidad. Y es que, en función de nuestro objetivo y necesidades, necesitaremos unas coberturas u otras. Así, las protecciones más habituales en España son el fallecimiento y la invalidez. ¡Te las explicamos!
Entre ambas, si nuestro objetivo es proteger a nuestro entorno, sería suficiente con una póliza con la cobertura de fallecimiento. Por el contrario, si queremos protegernos a nosotros mismos por si ocurriera un accidente y/o una enfermedad, sería interesante contar con un seguro que nos cubriese la invalidez, comprobando qué grados están incluidos en la cobertura. En muchos casos, solo podrás cubrirte frente a la incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez. Entre las compañías que ofrecen este tipo de pólizas, destacan Liberty Seguros, Asisa o AXA…
Al final, lo que queremos que tengas claro es que siempre hay opciones para protegerte. Como tal, si necesitas hacer una consulta personalizada sobre las pólizas de vida y sus coberturas, ponte en contacto con nosotros. Además, también podrás aprovechar nuestra plataforma y comparar.