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¿Cuánto tarda en pagar el Consorcio de Seguros?

Cuánto tarda en pagar el Consorcio de Seguros es una duda que debes plantearte si estás asegurado. Y es que, cuando contratas un seguro, aunque ciertos riesgos están cubiertos por la entidad aseguradora, existen algunas situaciones extraordinarias que quedan pendientes de dicho organismo. Así, en Traetupóliza, queremos que sepas todo sobre él y sus tiempos.

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¿Qué es y cuánto tarda en pagar el Consorcio de Seguros?

Para empezar, hay que ubicarlo. El Consorcio de Compensación de Seguros (CSS) es una empresa pública, cuyo funcionamiento depende del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, con la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

 

El CSS se define como un instrumento al servicio del sector asegurador español.

Este organismo de compensación, entonces, no es más una aseguradora pública que, dentro de todas sus funciones, destaca por dar cobertura a aquellos riesgos extraordinarios que las compañías privadas del sector no se atreven a asegurar.

 

En este sentido, el CSS asume el coste de estas indemnizaciones, pues las entidades aseguradoras serían incapaces de enfrentarlas, lo cual demuestra la magnitud de los supuestos de los que se encarga esta entidad pública.

 

Como tal, y en este sentido, para poder hacer frente a las grandes cantidades de dinero que suponen esas coberturas extraordinarias, el funcionamiento del Consorcio de Seguros es simple: las aseguradoras privadas pagan una tasa a la organización. Por tanto, cuando sea necesario, se utilizará todo el capital acumulado para hacer frente a dichas compensaciones.

¿Cuáles son las funciones del Consorcio de Seguros?

Aquí hay que entender que el CSS desempeña múltiples funciones en el sector de los seguro, de modo que su actuación se extiende más allá de los seguros de vida. Entre ellas, destacan la ya mencionada cobertura de los riesgos extraordinarios y los casos relacionados con el seguro obligatorio de automóviles, el seguro agrario combinado y la liquidación de las aseguradoras.

 

Más allá de todo, y aunque algunas de estas funciones no sean tareas que ocupan el trabajo de Traetupóliza, el Consorcio asume, por ejemplo, las indemnizaciones necesarias que hayan sido provocadas por un automóvil sin seguro, robado o desconocido. Por su parte, el organismo compensará a los perjudicados por una aseguradora, efectivamente, incapaz. Esto quiere decir que, también protege a los beneficiarios, asegurados y a las terceras personas perjudicadas por la liquidación o insolvencia de la aseguradora con la que debe pagar la indemnización.

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¿Qué se considera un riesgo extraordinario el Consorcio de Seguros?

No obstante, aquí estamos para hablar de lo referido con respecto a los seguros de vida.

 

Desde aquí, a continuación, presentamos un listado con los riesgos extraordinarios a los que el Consorcio de Seguros da cobertura en caso de que tu póliza sea de protección de vida:

  • Catástrofes naturales: primero, es necesario que sepas que el CSS no tiene competencia sobre todos los posibles efecto adversos que provoquen los fenómenos de la naturaleza. No obstante, la cobertura del organismo público se extiende a terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, inundaciones extraordinariasmeteoritos, ciclones y tempestades atípicos, vientos cuyas ráfagas sean superiores a 120 km/h y tornados.
  • Hechos violentos: el Consorcio cubrirá los siniestros provocados por actos terroristas, de sedición, de motín, de rebelión y de tumulto popular. Sin embargo, no se considerarán actos violentos y, por tanto, no quedan cubiertos los siniestros producidos por conflictos armados, aunque no exista declaración de guerra, o los ocasionados por actuaciones reuniones, manifestaciones o huelgas legales. Esto puede cambiar si tales situaciones son, efectivamente, calificadas como acontecimientos extraordinarios.
  • Actuaciones de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad si estas suceden en tiempos de paz y, como tal, provocan siniestros innecesarios en la sociedad.

¿Qué condiciones  ofrece el Consorcio de Seguros?

Si acabamos de atender a aquellos supuestos en los que la entidad pública se pone te ayuda, ¿qué es necesario para conseguir que protejan? Pues, para que su indemnización sea efectiva también para ti, debes tener en cuenta que es imprescindible estar suscrito a un seguro, en nuestro caso de vida, pero puede ser cualquier tipo de póliza.

 

Y, así, por ejemplo, en el caso de que tu protección sea de vida, si tu muerte la provocara un maremoto, tus familiares recibirían la indemnización del organismo, efectivamente, si estaba asegurado antes de que la catástrofe ocurriera. De esta manera, volvemos a recordarte la importancia del seguro de vida.

 

Además, también es importante que tengas en cuenta que otro de los requisitos para estar cubierto por el CCS es que los siniestros se produzcan tras el pago de la primera prima, es decir, cuando tu seguro de vida comienza a protegerte. Será preciso, por otra parte, que el contrato no se encuentre suspendido o cancelado debido al impago del resto de primas, pues, en tales situaciones tampoco podrías disfrutar de la compensación pública.

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¿Cuánto tarda en pagar el Consorcio de Seguros?

Habiendo visto que funcionan como un apoyo para las aseguradoras privadas, antes de recibir tu compensación, deberás solicitarla al Consorcio. Desde aquí, según lo establecido en la Ley de Contrato de Seguros, en el artículo 20.9, el CSS debe realizar el pago de la indemnización en un plazo de hasta 3 meses desde la fecha de la misma reclamación.

 

Otra información que debes conocer en este punto es que el pago se realizará a través de transferencia bancaria, según afirma el mismo organismo. Además, dicha indemnización solo será pagada a los beneficiarios del seguro. No se pagará a nadie que no conste como beneficiario, asegurado o tomador, aunque este último haya sido el solicitante.

 

Otro punto que tienes que saber es que, si quieres reclamar la indemnización, puedes realizar el trámite  por vía telefónica y/o de forma online. Para ello, el beneficiario, el asegurado o el tomador deberán ponerse en contacto con el CCS; en caso de que alguno de estos sea menor, la reclamación deberá ser efectuada por los representantes legales. Si dudas, ¡consúltanos!

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